Diputados empieza a debatir la “Ley Conan”, empujada por Javier Milei: qué plantea el proyecto
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- Categoría: Interés general
- Publicado: Jueves, 04 Julio 2024 12:42
Empujado por el propio Javier Milei, que presiona desde sus redes, este miércoles Diputados empieza a debatir el proyecto que agrava penas por maltrato animal, al que se llamó "Ley Conan", en homenaje al perro del Presidente.
La iniciativa la presentó el legislador del PRO, Damián Arabia, en enero, cuando se conoció el caso del chofer de un micro que atropelló apropósito a un perro. En ese entonces, Milei compartió el video del hecho para ayudar a encontrar al culpable: “Cualquier información que sepan comenten, que este miserable pagará con lágrimas lo que hizo”, escribió en el posteo.
El texto empezará a discutirse este miércoles a las 11 en la comisión de Legislación Penal que conduce la también legisladora del PRO, Laura Rodríguez Machado.
Qué propone el proyecto
- Eleva la pena actual -que es de 3 meses de prisión hasta un año de prisión- por maltrato animal a seis meses como mínimo y cinco años como máximo a quien "infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales".
- Incorpora también el pago de una multa que podrá ir desde cinco a treinta veces el valor del salario mínimo vital y móvil, que en mayo fue de $234.315,12.
- Fija prisión de dos años hasta seis años y una multa de 100 a 200 veces el salario Mínimo Vital y Móvil al que matare a un animal infligiéndole malos tratos, haciéndolo victima de actos de crueldad o por mera perversidad.
- En la misma pena incurrirá quien abusare o facilitare el abuso sexual de un animal mediando acceso carnal o empalamiento; quien los torturare u ocasionare sufrimientos o quien le mutilare cualquier parte del cuerpo.
- A su vez, extiende el listado de actos que serán considerados como maltrato. Incorpora el empleo de "animales en tareas que excedan sus fuerzas, sean inapropiadas en base a su aptitud, estado físico y/o les provoquen castigos, dolores o sufrimientos". También fija como maltrato el "no procurar atención médica veterinaria", "limitar de manera constante en el tiempo su movilidad en áreas por cuyas dimensiones o exposición a temperaturas extremas, sea frío o calor intenso,representen un peligro para su salud o les impida expresar su natural comportamiento". Y "abandonar a un animal bajo su responsabilidad en la vía pública o en predios públicos o privados, exponiéndolo a condiciones de desamparo, falta de higiene,carencia alimentaria o evidentes problemas de salud".
- En el listado de actos que serán considerados como de crueldad, estipula: experimentar con animales para la producción de cosméticos y/o de ingredientes utilizados en el sector de la cosmetología; experimentar con animales cuando existan otras formas de investigación científica y de extensión; lastimar o arrollar animales intencionalmente y facilitar o participar activamente en actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, carreras de perros, novilladas, parodias y ritos, en que se mate, hiera u hostilice a los animales.
Antecedentes
En 1891, se promulgó la Ley N° 2786, posteriormente conocida como la "Ley Sarmiento", en honor a uno de sus impulsores. Esta norma, pionera en su tiempo, representó el primer esfuerzo por establecer disposiciones legales que sancionan los actos punibles relacionados con el maltrato hacia los animales. Asimismo, solicitó la intervención del Estado Nacional para la creación de veterinarios públicos y gratuitos, marcando así un hito en el reconocimiento de la importancia del bienestar animal.
Actualmente, la única normativa penal vigente en esta materia es la Ley N°. 14.346, promulgada en 1954.
"Esta ley, que castiga el maltrato y la crueldad hacia los animales, carece para el contexto actual de distinciones específicas y no contempla los avances significativos que se han producido en el campo de la protección animal", plantea el diputado Arabia en los fundamentos.
Fuente: Jazmín Bullorini - Clarin.com